Dentro de su ámbito territorial de actuación, el Consello Galego es el Organismo representativo y coordinador de los Colegios que lo integran y de la profesión, le corresponden las siguientes funciones:

  1. Elaborar sus propios Estatutos e informar los de los colegios de la profesión o actividad de ámbito territorial inferior.
  2. Coordinar la actuación de los colegios que lo integren.
  3. Representar a la profesión en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y ante los correspondientes consejos generales, cuando así se permita en sus normas reguladoras.
  4. Resolver recursos de alzada de los Colegios profesionales integrantes.
  5. Resolver los conflictos que puedan plantearse entre los distintos colegios, sin perjuicio del ulterior recurso contencioso-administrativo.
  6. Ejercer las funciones deontológico-disciplinarias respecto a los miembros de los órganos de gobierno de los colegios que lo integren y los del propio consejo.
  7. Elaborar las normas deontológicas comunes a la profesión.
  8. Elaborar el presupuesto y fijar la participación de los colegios en los gastos del Consello.
  9. Informar los proyectos de normas que elabore la Comunidad Autónoma de Galicia que afecten a los profesionales que agrupen o se refieran a los fines o funciones a ellos encomendados.
  10. Ejercer aquellas funciones que les puedan ser delegadas o encomendadas por la Comunidad Autónoma de Galicia y las que puedan ser objeto de los correspondientes convenios de colaboración.
  11. Realizar aquellas actividades que se estimen de interés para los profesionales y las demás funciones que les atribuyan la legislación vigente y sus Estatutos.